domingo, 20 de mayo de 2012

Tlf. 902 01 47 87 / 968 08 08 28  Horario  info@terralogia.es  ·  Asistencia WinXP WinVista Win7 WinSrv   ·  Correo web  ·  Síganos en Facebook  twitter  LinkedIn  Google+  Rss

Precios LexProDatPrecios
Elija las opciones de LexProDat que necesite y calcule su precio ahora.
Calcular precio

Atención telefónica

Contacte con TERRALOGIA

Estaremos encantados de asesorarle e informarle sobre nuestros productos o para ofrecerle la asistencia técnica que necesite.

Llámenos

902 01 47 87
968 08 08 28

Horario de atención telefónica y otros métodos de contacto.

Garantía de satisfacción

Garantía de satisfacción

Le devolvemos su dinero sin hacer preguntas.
Lea las condiciones de nuestra Garantía de satisfacción.

Preguntas frecuentesPreguntas frecuentes

Lea estas cuestiones que hemos resuelto para despejar todas sus dudas.
¿Existe algún organismo oficial para comprobar si estoy o no obligado a cumplir con dicha normativa?

Sí, usted puede dirigirse a La Agencia Española de Protección de Datos y realizar a través del teléfono 901 100 099 la consulta que necesite o a través de la página web www.agpd.es. La AGPD es un ente de Derecho Público, y tiene personalidad jurídica propia. Es el organismo encargado de velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos personales y está dotado de potentes facultades inspectoras y sancionadoras.

¿Desde cuando es obligatorio cumplir con la LOPD?

La Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999 de 13 de diciembre es de obligado cumplimiento desde que se aprobó el 13 de diciembre de 1999. Salió publicado en el BOE 298 de 14/12/1999 Sec 1 Pag 43088 a 43099.

¿En qué consiste la implantación LOPD?

La implantación de la LOPD consiste en llevar a cabo en la empresa todas las medidas de seguridad, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que la Ley de Protección de datos exige.

¿Qué es LexProDat?

Es un producto imprescindible para adaptar su empresa a la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal 15/1999, de 13 de diciembre) por tratar datos de carácter personal, está pensado para aquellas empresas o particulares que no disponen de tiempo para encargarse de los requisitos impuestos por la LOPD y necesitan de la labor de un profesional. Le ofrecemos un servicio a medida previo análisis de la situación de su empresa, le redactamos toda la documentación necesaria, llevamos a cabo inscripción de ficheros,... además podrá contratar un servicio de mantenimiento incluyendo consultas sobre dicho servicio así como actualizaciones del documento de seguridad.

¿Cuánto tiempo tarda el proceso de implantación?

Una vez contratado LexProDat el tiempo que pasa desde que el cliente confirma que los datos recabados son correctos y se entrega toda la documentación es de aproximádamente 1 mes.

¿A qué me obliga como empresario?

La protección de datos de cáracter personal me obliga a respetar el derecho a la intimidad y la privacidad de las personas titulares de los datos que mi empresa tiene recogidos y almacenados, para ello, debo cumplir las obligaciones formales y sustantivas que la normativa indicada impone a quiénes tratan datos de carácter personal, respetar y facilitar el ejercicio de los derechos que la misma normativa reconoce a sus titulares.

¿De cuánto tiempo dispongo para adecuarme a la LOPD?

Si ya está tratando datos personales, el tiempo corre en su contra. Desde el primer momento en que empieza a recabar información de datos de carácter personal, la ley le afecta inexcusablemente. Tenga en cuenta que la Ley está vigente desde 1999 y en cualquier momento pueden pedirle cuentas.

¿Qué datos son de carácter personal?
Estoy obligado a cumplir con la LOPD en mi empresa?
Más información

¿Puedo utilizar el correo electrónico para finalidades comerciales?

El envío de correo electrónico con fines promocionales está expresamente prohibido con la nueva regulación, salvo sí: -Existe el consentimiento expreso del destinatario -Se dispone de medios para que el destinatario pueda revocar en cualquier momento su consentimiento. -Todas las counicaciones comerciales van encabezadas con la palabra "Publicidad".

¿Me afecta la LSSICE?

La LSSICE establece que una página web será un servicio de la sociedad de la información y, por tanto, estará sujeta a la misma en caso que constituya una actividad económica para el prestador, aunque ofrezca servicios no remunerados. En caso de que se disponga de cualquier medio de ingresos gracias a la página web, será de aplicación la LSSICE, aunque no se ofrezcan servicios de comercio electrónico propiamente dichos, por ejemplo publicidad a través de "banners".

¿Qué son los servicios de la Sociedad de la Información?

-Todo servicio prestado normalmente a título oneroso, a distancia, por vía electrónica y a petición del destinatario. -Disponer de una página web donde se informe de los productos o servicios que ofrece una empresa o profesional. -La contratación de bienes y servicios por vía electrónica. -La organización y gestión de subastas por medios electrónicos o de mercados y centros comerciales virtuales. -La gestión de compras en la red por grupos de personas. -El envío de comunicaciones comerciales o correos electrónicos publicitarios. -El suministro de información por vía telemática. -La distribución de contenidos previa petición individual (por ejemplo, la descarga de archivos de audio).

¿Qué consecuencias puede tener el incumplimiento de la LOPD?

Tanto por denuncia de los titulares de los datos, como de oficio, mi empresa puede ser inspeccionada por la Agencia de Protección de Datos, que si comprueba el incumplimiento de las obligaciones impuestas por la normativa, o la vulneración de derechos de los titulares de los datos, puede iniciar un expediente sancionador. El incumplimiento de la LOPD como toda normativa que viene a regular alguna actividad concreta de nuestra vida puede dar lugar a la comisión de infracciones que pueden ser sancionadas, dependiendo de la gravedad de las mismas, con multas de 601,01€ a 601012,10 €. Ver sanciones

Yo no tengo ficheros informatizados, sólo ficheros en papel. ¿Me afecta la Ley?

El soporte papel (como son los listados o las fichas) entra dentro de la definición de soportes físicos en general. Desde octubre del año 2007 es obligatoria la inscripción de ficheros manuales o en soporte papel, cualquiera que fuera su fecha de creación.

¿Qué es la LOPD?

La LOPD es la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999 de 13 de diciembre (LOPD), que tiene por objeto proteger y garantizar las libertades y los derechos fundamentales de las personas físicas, su honor e intimidad personal y familiar. Descargar Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999 de 13 de diciembre

¿Qué es la LSSICE?

Paralelamente a la LOPD se desarrolla en el 2002 la ley de servicios de la Sociedad de la información y el comercio electrónico Ley orgánica 34/2002 de 11 de Julio que afecta a todos aquellos poseedores de una página web en internet bien con comercio electrónico bien informando de sus servicios o productos. La LSSICE afecta práticamente al 100% de las páginas web en internet. Descargar Ley orgánica 34/2002 de 11 de Julio

¿Está adaptado LexProDat al Nuevo Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre?

Sí, LexProDat está totalmente adaptado al Nuevo real decreto por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, el cuál entró en vigor el 19 de abril 2008. Descargar Nuevo Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre

TERRALOGIA SL 2004-12 Términos de UsoDeclaración de Privacidad